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ANÁLISIS
LA ASISTENCIA DEL
ÓRGANO AMBIENTAL INSULAR
A LOS MUNICIPIOS DE LA ISLA
no de los papeles más importantes que desarrolla la
Comisión de Evaluación Ambiental de Tenerife es la de
auxiliar a los municipios de la isla, actuando como órgano
ambiental municipal. Esta función está reconocida, como no
podía ser de otra manera, en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del
Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias que
introduce en su artículo 86.6 c) (modificado posteriormente),
una nueva referencia a los órganos ambientales autonómico,
insular y municipales. De esta manera resulta que, el caso de
los instrumentos municipales, el órgano ambiental ya no es
exclusivamente el autonómico, como ocurría hasta ese momento, sino que será el que designe el ayuntamiento si cuenta
con los recursos suficientes, pudiendo también delegar esta
competencia en el órgano ambiental autonómico o el órgano
ambiental insular de la isla a la que pertenezca.
U
Nos encontramos, por tanto, en una situación en la que -con la
limitación en los municipios de menos de cien mil habitantes en
de la ordenación urbanística estructural de los planes generales
de ordenación que sean aprobados por primera vez o cuando
se trate de modificaciones plenas y completas de la ordenación;
así como en los supuesto de modificación sustancial que corresponden por ley al órgano ambiental autonómico- la competencia
en la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos,
cuya adopción, aprobación o autorización corresponda a las
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entidades locales, va a recaer sobre las mismas. Y todo ello de
conformidad con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Siendo así, la nueva regulación supone, como
ya se ha anticipado, pasar de un sistema en el que la evaluación
ambiental se encontraba, de manera absoluta, en manos del
Gobierno de Canarias, a otro en el que las entidades locales
deben crear sus propios órganos ambientales. Eso o mancomunarse con otros municipios, delegar en el órgano autonómico o
hacerlo en el insular. En nuestro caso en la Comisión de Evaluación Ambiental de Tenerife.
A partir de ese momento, primero mediante la aprobación de
convenios de encomienda al órgano ambiental insular, y luego a
través de delegación de competencias, la Comisión de Evaluación Ambiental de Tenerife no solo asume la evaluación ambiental
de los planes y proyectos insulares sino también la de los municipios que consideren necesaria su asistencia. En este sentido,
en el marco de la cooperación aludida, los municipios tinerfeños
que actualmente tienen delegadas las competencias municipales
sobres las funciones que corresponderían al órgano ambiental
municipal son los siguientes: San Cristóbal de La Laguna, Arafo,
Tegueste, Garachico, El Sauzal, El Rosario, El Tanque y San Miguel de Abona. Además, han delegado en la CEAT la evaluación
de instrumentos particulares, los municipios de Tacoronte, Granadilla, Puerto de La Cruz, Los Silos y Los Realejos.